lunes, 24 de diciembre de 2012

Cómo tramitar la cotización por los años de becario a efectos de la jubilación


http://www.abc.es/economia/20121224/abci-becarios-cotizacion-pensiones-201212180940.html

Los trabajadores que realizaron prácticas antes de que entrara en vigor la reforma tienen hasta el 31 de diciembre de 2012 para registrar un máximo de dos años a sumar a la pensión final

Cómo tramitar la cotización por los años de becario a efectos de la jubilación
La reforma de las pensiones de 2011 introdujo la novedad de poder alargar los años cotizados para todos aquellos que hayan sido becarios o realicen tareas de prácticas en la actualidad. La norma, con carácter retroactivo, incluye la opción de que todos aquellos que fueran becarios en el pasado regularicen su situación a efectos de la jubilación. Sin embargo, la posibilidad de acogerse a esta medida tiene los días contados: las becas anteriores a la entrada en vigor de la norma(noviembre de 2011) han de ser registradas antes de que acabe el año.

La posibilidad de alargar los años de cotización se hace más necesaria que nunca debido a la actual crisis económica: los jóvenes cada vez se incorporan más tarde a un puesto de trabajo y aumenta el riesgo de engrosar las listas del paro en algún momento de la vida laboral. La norma beneficiaría a todos aquellos que no lleguen a cubrir los 37 años exigidos para obtener el 100% de la pensión con la jubilación a los 67. Un retraso en la edad, que empezará a ser una realidad en el sistema de forma progresiva a partir de 2013. También interesa a quienes deseen jubilarse a los 65 años con el total de la retribución, un supuesto para el que se requerirá haber cotizado 38 años y medio.
Pero, ¿quiénes podrán sumar años de beca al periodo de cotización? Podrán hacerlo todos aquellos que hayan desempeñado una labor de becario con vertiente práctica (no exclusivamente lectiva) en cualquier empresa pública o privada y cuyo convenio laboral este vinculado a estudios universitarios o de Formación Profesional, según se recoge en un documento explicativo de CC.OO.

Cuotas a la Seguridad Social

Los becarios antiguos, a los que se permite sumar un máximo de dos años, deberán aportar un certificado de la empresa en la que desempeñaron las prácticas o en su defecto, cartas de aceptación o recibos que puedan acreditarlo. La norma no tiene límite en el pasado y se permite la regularización con independencia del año en que tuviera lugar su desempeño.
Para ello, el interesado deberá abonar de su propio bolsillo una cuota del 77% en relación a la base mínima de cotización del año en cuestión en la Tesorería de la Seguridad Social. Por ejemplo, la cantidad a pagar por un trabajador que desempeñara su beca en 2010 sería de 1.932 euros anuales. En el caso de que se quieran añadir un total de dos años, se permite su división en 48 mensualidades.
Para los becarios actuales y los que lo han sido desde la reforma es mucho más fácil acogerse a este plan. Las cuotas son mucho más reducidas y no cuentan con un límite de dos años al cotizar el periodo de prácticas. Desde noviembre de 2011, todas las empresas están obligadas a darles de alta. Si no lo hacen, el becario podrá solicitarlo directamente a la Seguridad Social. La empresa tendrá que pagar 34,51 euros y el becario, 6,05 euros, lo que da como resultado una cuota total mensual de 40,56 euros.
También los españoles que participen en programas de becas remuneradas en el extranjero podrán cotizar esos años en España a través de un convenio especial.


¿Qué te ha parecido este artículo? ¡Deja tus comentarios!

No hay comentarios:

Publicar un comentario